El 7 de julio de 2022, el Ministerio del Interior de Chile publicó el Decreto 98, que establece nuevas normas sobre la comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas. Según el decreto, las bebidas alcohólicas se definen como aquellas con un contenido de alcohol igual o superior al 0,5 por ciento en volumen. La ley exige el uso de señales de advertencia sobre los impactos del alcohol y una leyenda que describe los riesgos y consecuencias del consumo. La regulación está dirigida a poblaciones de riesgo como mujeres embarazadas, conductores y menores de edad. La normativa también obliga a incluir el valor energético en las bebidas, expresado en calorías por cada 100 mililitros del producto. En octubre de 2023, el Ministerio de Sanidad publicó un manual de gráficos, etiquetas de advertencia normalizadas y valores energéticos para proporcionar instrucciones para las etiquetas. Las nuevas representaciones incluyen señales de advertencia para no beber mientras se conduce, si está embarazada o si es menor de dieciocho años. En materia de publicidad de todo tipo de bebidas alcohólicas, la ley busca salvaguardar a los menores imponiendo restricciones al mensaje y a los elementos utilizados en la publicidad. El anuncio no debe utilizar nada que pueda dirigirse o perjudicar a los menores. La publicidad no puede incluir personajes o figuras infantiles, animación, juguetes, música infantil, deportistas famosos, personajes de películas o elementos similares que influyan en su grupo de edad. Además, está prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas en la televisión de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. y en la radio de 4:00 p.m. a 6:00 p.m. La ley se implementará en dos fases. El 7 de julio de 2024 comenzará la aplicación del etiquetado de advertencia. Las restricciones publicitarias comienzan el 7 de julio de 2026. Los productos alcohólicos que ingresen a Chile o estén disponibles en el punto de venta antes del 7 de julio de 2024 estarán exentos del requisito de etiquetado. Como tal, habrá un período en el que los productos con y sin etiqueta se venderán al mismo tiempo. La responsabilidad de la aplicación recaerá en los fabricantes de productos de origen chileno y en los importadores en el caso de los productos importados. La responsabilidad de etiquetar el contenido calórico recaerá en los distribuidores. Las pegatinas en Chile están permitidas si no se quitan fácilmente. Fuente: Departamento de Agricultura de Estados Unidos.